La Justicia dio un respiro al Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) al aceptar la medida cautelar presentada por Rodolfo Aguiar, secretario general de ATE, y ordenar la suspensión de todos los efectos de la Resolución 213/2025. El fallo, emitido por el Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, encabezado por el magistrado Elpidio Tezanos Pinto, no se pronunció sobre el fondo del asunto, sino que informó al Poder Ejecutivo que debe abstenerse de implementar la resolución mientras continúa la tramitación del expediente y no exista una resolución definitiva, debido al riesgo de que las acciones en curso resulten irreversibles.
La decisión fue celebrada por Aguiar, quien comunicó a través de sus redes sociales que la cautelar representa una victoria frente al plan de desmantelar funciones estatales. Subrayó que el fallo beneficia no solo a ATE y a los trabajadores del INTI, sino también a numerosas PyMEs y al conjunto de la sociedad, al depender parte de los servicios que presta el organismo.
La Resolución 213/2025 propone cesar servicios y trámites de metrología legal para instrumentos de medición regulados, con la idea de que laboratorios privados asuman esas tareas. En la práctica, implicaría que elementos como balanzas para verificar el peso y litros declarados, entre otros, dejarían de ser gestionados por el INTI.
Entre las tareas afectadas figuran la aprobación y control de surtidores de combustibles (nafta, kerosene y Gas Oil), la verificación de balanzas y sistemas de pesaje, la medición de consumos en medidores domiciliarios de luz y agua, así como el control de radares de tránsito, termómetros clínicos y la calibración de equipamiento de laboratorio como probetas y vasos graduados.
En noviembre del año pasado, el empleado del INTI Daniel Luna había advertido a la radio 750 que la medida impactaría de forma contundente a los trabajadores y, a la vez, a la calidad de los productos y servicios que se consumen diariamente. Dijo que, de avanzar, podría debilitar la garantía de que los surtidores midan y entreguen cantidades y calidades adecuadas, al no existir un organismo público de referencia imparcial.
Luna señaló que transferir esas funciones a laboratorios privados abriría un terreno de posibles abusos y “caja negra”, con la posibilidad de aumentar la corrupción. Además, cuestionó que la demora en resolver el tema no justificaba ceder funciones estatales; sostuvo que la iniciativa no aporta un resurgimiento económico y, en cambio, implica despojar al Estado de funciones y, potencialmente, beneficiarse con retornos para ciertos actores privados.
El fallo mantiene la cautela mientras continúa la discusión judicial, sin descartar que la cuestión de fondo termine dirimida en una instancia superior.




